Por Mario Pérez Villeda
Mail: mperez@facturasat.com
De acuerdo a las publicaciones definidas por el SAT los terceros que hoy ofrecen el servicio de maquila de Facturas Electrónicas y que fueron certificados por el SAT para ofrecer este servicio. "Solo lo podrán realizar hasta el 30 de Junio del 2011", si no lograron la Certificación como PAC (Prestador Autorizado de Certificación) ya no serán validas las facturas que se emitan por medio de estas compañías.
Los esquemas que hoy están vigentes para que se puedan realizar facturas son:
- Facturas Impresas en Papel (Imprenta Autorizada. Siempre que sea vigente la fecha de emisión)
- CFD Facturas Electrónicas por propios medios (Quien lo implemento hasta el 31 de Diciembre del 2010) "Seguirá Vigente la alternativa".
- Facturas con CBB (Menores a 2 Mil pesos)
- CFDI Factura Electrónica por Internet (Por propios medios Y TIMBRADO con un PAC y/o rentando el servicio de un PAC)
- CFD utilizando un PACFD (Solo hasta el 30 de junio del 2010)
Por lo que es muy importante saber si su empresa esta utilizando a un PACFD para realizar la factura electrónica tendrá que verificar que se convierta en PAC, de lo contrario su empresa estará obligado a realizar el CFDI (Propios Medios y/o Rentando el Servicio).
¿En que momento se puede saber si su factura electrónica debe utilizar un PACFD?
De acuerdo a las reglas las empresas que realizan factura electrónica si utilizan a una compañía que les presta el servicio de al menos 1 de los siguientes criterios debería de utilizar un PACFD certificado por el SAT:
- Si el tercero administra sus folios
- Si el tercero adminitra su certificado de sello digital.
- Si el tercero genera el XML (Anexo 20)
- Si el tercero resguarda los XML
- Si el tercero realiza el reporte mensual
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